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El racismo y su difusión en las redes sociales

El racismo y su difusión en las redes sociales

Estamos celebrando la Semana antiracista en la que distintas administraciones y entidades ciudadanas, coincidiendo con el día 21 de marzo, del Día Internacional de Eliminación de la Discriminación Racial, dedican sus esfuerzos a visibilizar la lacra que es el racismo a través de diversos actos en los que recuerdan que se trata de un problema en casi cualquier lugar del mundo y que las administraciones han de adoptar políticas y otras medidas para eliminarlo.  


Antes de nada, analizaremos algunos conceptos que sirvan para delimitar de qué hablamos cuando decimos racismo y qué quieren decir conceptos como la discriminación, el racismo o el odio. 

 

En primer lugar, la discriminación consiste en tratar a una persona de modo menos favorable que a otra en situación análoga y esto suele deberse a alguna característica de la persona como el sexo, origen racial o étnico, discapacidad, religión, opinión, etc. La discriminación racial será la distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de origen racial.

 

El racismo sería pues el resultado de la discriminación basada en el origen racial en el que se llevarían a cabo acciones que no serían favorables hacia personas de una raza o etnia mientras que las mismas acciones no se llevarían a cabo contra personas que son de otra raza o etnia. Normalmente, la sufren personas que no pertenecen al grupo mayoritario mientras que las del grupo mayoritario no reciben ese trato. Es también una forma de ver el mundo basada en la creencia de superioridad de un grupo de un origen racial determinado sobre otros.

 

¿Dónde se produce el racismo? Puede producirse casi en cualquier ámbito; entre los más frecuentes el acceso a bienes o servicios (alquiler) y ejercicio de derechos básicos (educación, sanidad, servicios sociales) pero también en el trato recibido por tener una apariencia o vestimentas diferentes a la mayoría (peinado, trajes).

 

Hoy día al analizar dónde se produce el racismo hay que prestar atención a algunos medios en los que aparece y se propaga el racismo. Hablo de internet y de las redes sociales que son un auténtico cajón de sastre donde todo cabe hasta el punto de que la ONU ha tenido que advertir que la libertad de expresión no significa libertad para atacar a través de las redes sociales a las personas de otra raza. Es en estos medios tecnológicos donde el odio hacia el diferente, concretado en colectivos étnicos y raciales como negros, judíos, etc, se propaga y crece de forma exponencial.

 

Llegados a este punto es necesario mencionar que en nuestro país las administraciones luchan de forma denodada contra el denominado discurso de odio ilegal en línea que se transmite por las redes sociales ¿Qué significan estos términos en relación con el racismo?

 

Odio es desear un mal a una determinada clase de personas basándose en un perjuicio o sesgo de intolerancia. Si atendemos a la definición psicológica es un sentimiento profundo y duradero de intensa ira, animosidad y hostilidad hacia una persona o hacia un grupo.

 

Para vincular los tres conceptos anteriores propongo un ejemplo: Si trazáramos una línea en la que en un extremo figurase el odio hacia las personas de un origen racial o étnico determinado, a continuación la discriminación, en el otro extremo tendríamos inexorablemente el racismo. Un ejemplo: si, hablando en sentido figurado, el colectivo de personas autóctonas siente ira y animosidad hacia las personas negras (p.1) las tratará de forma diferente de como trata a cualquier otro colectivo en situación análoga (p.2) con lo que se estaría produciendo racismo al ser el origen racial o étnico la causa de ese odio/animosidad (p.3). Vemos así cómo es la línea que lleva al racismo.

 

 El odio es una emoción -en el refranero español siempre ha estado vinculado al amor como su contraparte- y, obviamente, las emociones no son ilegales y, por tanto, perseguibles. 

 

 

Ahora bien ¿Hay un odio ilegal y otro legal? El odio es una emoción -en el refranero español siempre ha estado vinculado al amor como su contraparte- y, obviamente, las emociones no son ilegales y, por tanto, perseguibles. Lo que sí es perseguible son los denominados delitos de odio. Estos no están específicamente tipificados en un artículo concreto del código penal sino que son aquellos delitos en cuya comisión la motivación es el odio, analizado bajo la óptica de las agravantes que establece el CP en su artículo 22.4 y también la negación del genocidio, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad del art. 510.1,c).

 

Poniendo otro ejemplo: tracemos un gráfico en forma de escalera de tres peldaños de modo que, en el primer peldaño, figuren los incidentes de odio, en el segundo peldaño el discurso de odio -art. 510 código penal- y en el tercer peldaño los delitos de odio, tanto los del art. 510.1.c como aquellos a los que resultan aplicables las agravantes del artículo 22.4. De forma que las dos primeras figuras -incidentes y discurso- son la antesala del delito de odio.

 

Los incidentes de odio serían aquellos que vemos cada día en nuestra sociedad y que podemos considerar como racistas aunque no constituyan delito. El discurso de odio serían la difusión, promoción, incitación al odio; producir y elaborar para reproducir en cualquier soporte materiales que contribuyan al odio. Delito de odio cualquier delito en cuya comisión haya intervenido la motivación de odio.

 

Hablando de racismo la motivación sería el odio racial o étnico y, si volvemos al ejemplo anterior, podemos imaginar que en la comisión de un robo, unas lesiones, si la motivación fue porque la víctima era una persona negra estamos ante un delito de odio.

 

En este punto surge la pregunta ¿es España un país racista? 

 

Tomando datos del Informe sobre la evolución de los delitos de odio, realizado anualmente por el Ministerio del Interior y disponible en www.interior.es, podemos ver en qué punto nos encontramos. En dicho documento se contabilizan los tipos de delito, los ámbitos en los que se producen, el tiempo y los lugares en los que ocurren, la nacionalidad de los autores y víctimas y el sexo de éstas. 

 

El Informe del año 2021, último publicado, constata un aumento del 28,62% de los delitos e incidentes de odio, y en el caso del racismo y xenofobia hay un incremento del 31,75% respecto del año anterior, constituyendo las lesiones-amenazas-injurias-daños los hechos en los que se concretan estos delitos.

 

La conclusión final sería que a tenor del incremento de este tipo de delitos y de la discriminación – unas veces sutil y otras explícita- que se observan hacia distintos grupos de población en los resultados de distintos estudios, podemos decir que el racismo y la intolerancia forman parte de nuestra sociedad en todos los ámbitos. Y que es necesario combatirlos y prevenirlos.


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