El Real Decreto-ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres del 7 de marzo de 2019 daba un plazo de 3 años para que las empresas tuvieran su correspondiente plan de igualdad. Los planes de igualdad ya eran obligatorios para las empresas de más de 250 trabajadores antes de la aprobación de esta norma, y a partir de 2020 se incluyó a empresas de entre 151 y 200 trabajadores. El año pasado las compañías que tuvieran entre 101 y 150 empleados debían tomar esta medida y a partir de este 7 de marzo de 2022, el Plan de Igualdad se amplía a las empresas con más de 50 trabajadores.
Los hombres cobran 26.934 euros brutos al año, un 24% más que las mujeres. No es un dato que venga del aire, lo demuestra Comisiones Obreras en un estudio sobre la brecha salarial. El Gobierno, con la iniciativa de extender el Plan de Igualdad al mayor número posible de empresas, pretenden reducir la brecha de género a través de políticas salariales o de selección de personal.
Según datos publicados por El Español, de las 39.062 empresas (con más de 50 trabajadores) que desde este lunes debían incluir un Plan de Igualdad, solo lo hacen 4.700. Esta exigencia afecta a empresas privadas, organismos e instituciones públicas y organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro. Estas compañías deberán contemplar medidas evaluables, entre ellas: el proceso de selección y contratación, la clasificación profesional, la formación, la promoción profesional, las condiciones laborales, la prevención de acoso sexual y los salarios.
Las empresas con menos de 50 trabajadores no están obligadas a cumplir con estas medidas, pero sí con un registro retributivo, como todas las empresas, gracias a una medida adoptada el año pasado.