El Grupo Parlamentario Socialista pide que, al igual que computa el Servicio Militar o la Prestación Social Sustitutoria (realizados por hombres) para el acceso a pensiones de jubilación anticipada, lo haga el Servicio Social Femenino (realizado por mujeres).
El Servicio Social Femenino, organizado en el ámbito de la Sección Femenina de la Falange Española, fue obligatorio desde 1937 hasta 1978 y se configuró como un "deber nacional" a desempeñar entre tres y seis meses en hospitales, escuelas, comedores o bibliotecas. Este era realizado por mujeres entre 17 y 35 años, siempre que estuviesen solteras, para poder acceder a un trabajo remunerado o a un título académico u oficial, pero también se exigía para unirse a una asociación, obtener el pasaporte o el carné de conducir.
El GPS (Grupo Parlamentario Socialista) ha registrado esta Proposición de Ley en el Senado ya que, aunque varias sentencias reconocían este derecho, la Ley General de Seguridad Social no. Por el contrario, sí que computaba el Servicio Militar o la Prestación Social Sustitutoria, ambos realizados por hombres.
En la iniciativa se propone la modificación del párrafo de la letra d) del apartado 2 del artículo 215 y el párrafo de la letra f) del apartado 6 de la Disposición transitoria cuarta del texto, ambos refundidos por la Ley General de la Seguridad Social, en beneficio de esta medida.
La portavoz de la Comisión del Pacto de Toledo del Grupo Parlamentario Socialista, Mercè Perea, insiste: “No puede ser que la Ley de Seguridad Social no compute el tiempo que las mujeres prestaron al servicio social femenino para el acceso a la jubilación parcial, y en cambio sí lo haga con el servicio militar o prestación social sustitutoria" a lo que añade: "Es oportuno presentar la Proposición de Ley para cumplir con las normas que obligan a la igualdad de trato entre hombres y mujeres, y con la recomendación 17 del Pacto de Toledo".
Se vaticina que el PP apoye esta proposición ya que el partido azul registró esta misma medida en enero de 2020.