La reforma en primer lugar, incorpora al ordenamiento jurídico la directiva comunitaria relativa a las prácticas comerciales desleales de la cadena alimentaria, ampliando los catálogos de prácticas abusivas y desleales que se cometen a lo largo de la cadena alimentaria.
El principal punto incorporado en estas nuevas reformas es la prohibición de la venta a pérdidas, es decir, cobrar menos de lo que se ha pagado para la producción de un determinado bien. Esta medida tiene como finalidad “evitar la destrucción del valor en la cadena alimentaria”, tal y como recoge el texto.
Añade además prácticas que se consideran abusivas, como, por ejemplo, la cancelación de pedidos de productos perecederos dentro de los 30 días previos al momento señalado, la modificación unilateral de los términos del contrato o la divulgación de secretos empresariales.
La Ley de la Cadena, a partir de ahora, incrementa el catálogo de prácticas consideradas como desleales, entre ellas, se prohíbe la venta desleal a consumidores, catalogando esta como una “venta a pérdidas”.
Con la nueva reforma, el ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, bajo el mandato de Luis Planas, obligará a formalizar los contratos por escrito en todas las actividades y operaciones comerciales. Que además se incorporarán en un registro digital creado por el Ministerio, para aportar más transparencia y seguridad a las relaciones comerciales y a los productores.
La reforma, tal y como indicó el ministro Planas, “por si sola, no va a garantizar que todos los problemas queden resueltos”, ahora es necesario que en la práctica se vigile y analicen los posibles abusos a los que los productores pueden estar sometidos.