Hoy, viernes 25 de junio, entra en vigor la Ley Orgánica para la regulación de la Eutanasia, aprobada el pasado mes de marzo en el Congreso de los Diputados. Los pacientes que se encuentren en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable” podrán solicitar la eutanasia y esta se hará efectiva tras un proceso de evaluación del caso por parte de un grupo médico responsable.
Para que los pacientes puedan pasar por la eutanasia, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha aprobado el “Protocolo para la valoración de incapacidad de hecho”, que regirá el procedimiento que deben seguir los médicos responsables en situaciones en las que el paciente no se encuentre en uso de sus facultades y no pueda realizar las solicitudes necesarias.
"Este protocolo es necesario porque es un manual de recomendaciones que están a disposición del personal médico para poder llevar a cabo, en el caso de que la persona no sea capaz, el procedimiento establecido para ir viendo las distintas situaciones”, aseguró la ministra de Sanidad, Carolina Darias este miércoles.
El protocolo es el siguiente: el paciente solicita por primera vez la eutanasia y, seguidamente “el médico responsable debe informar al paciente sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, asegurándose de que comprende la información que se le facilita”.
Si tras conocer esta información, el paciente reitera su intención, deberá realizar una segunda solicitud mediante la cual se celebrará una nueva reunión entre ambos. El médico, antes de autorizar la eutanasia debe pedir la opinión de un facultativo formado en el "ámbito de las patologías que padece el paciente" pero que no sea de su "mismo equipo del médico” y la comisión de evaluación autonómica deberá elegir a dos expertos (uno de ellos jurista) que evalúen el caso.
Los doctores deberán estar de acuerdo, sino es así, será el pleno de la comisión quien tome la decisión. Además, la norma recoge que los profesionales sanitarios directamente implicados en esta prestación "podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia", un reparo que "deberá manifestarse anticipadamente y por escrito".
Por otra parte, se está terminando de revisar el “Manual de buenas prácticas” que contempla aspectos esenciales del procedimiento como recomendaciones sobre los medicamentos a administrar para que sea haga de forma homogénea en todo el SNS o los modelos de los principales documentos necesarios para el desarrollo del proceso (formulario de solicitud, la hoja de información sobre la eutanasia, el consentimiento informado o las recomendaciones para el ejercicio de la objeción de conciencia por los profesionales sanitarios, etc).
Además la Comisión de Formación Continuada de los profesionales sanitarios está trabajando con las CCAA en la formación continuada específica para los profesionales sanitarios en esta materia. De igual forma, el Ministerio de Sanidad ha abierto un apartado dentro de la página web del Ministerio en el que subirán información de utilidad tanto para la ciudadanía como para los profesionales sanitarios.
Gracias al trabajo coordinado del Ministerio de Sanidad con los expertos y directivas de las CCAA el texto fue aprobado el miércoles para su entrada en vigor hoy, cuando tenían un plazo abierto hasta el 25 de septiembre.
El Ministerio de Sanidad ha defendido en un comunicado que la legalización y regulación de la eutanasia "se asientan sobre la compatibilidad de principios esenciales recogidos en la Constitución, los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral, así como la defensa a la dignidad, la libertad o la autonomía de la voluntad”.
El Partido Popular ha recurrido la ley ante el Tribunal Constitucional
El PP entiende que la ley de la eutanasia ataca el derecho fundamental a la vida y subraya la falta de consenso político y social en la aprobación de la norma, por ello han decido recurrirla al Tribunal Constitucional y este recurso ha sido admitido a trámite por el tribunal.
La semana pasada Vox recurrió también la ley y este miércoles el TC denegó la medida cautelar que perseguía que se suspendiera la entrada en vigor de la ley.
El recurso del PP denuncia la infracción del derecho a la vida recogido en el artículo 15 de la Constitución y en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el principio de seguridad jurídica (art. 9.3 de la Constitución). Además, denuncian la vulneración de derechos fundamentales por las decisiones relativas a la tramitación de la ley, que según el grupo popular no tuvo audiencia de los sectores implicados, de los especialistas, del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado cuando sería necesario al haberse reformado el Código Penal. Asimismo, el PP entiende que quedan vulnerados los derechos de participación política de los propios diputados populares y el de representación política de los ciudadanos.
Fuentes del PP han asegurado que el recurso se debe a que "genera gran inseguridad jurídica” por lo que deben “seguir defendiendo nuestra alternativa médica, social, humanitaria: nuestra ley de cuidados paliativos”.