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El TJUE admite a trámite una nueva cuestión prejudicial sobre el IRPH, elevada por un Juzgado de Ibiza

El TJUE admite a trámite una nueva cuestión prejudicial sobre el IRPH, elevada por un Juzgado de Ibiza

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha admitido a trámite una nueva cuestión prejudicial sobre el índice hipotecario IRPH planteada por la magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, María del Carmen Robles. La magistrada ha puesto a disposición del TJUE un total de 16 cuestiones prejudiciales acusando al Tribunal Supremo (TS) de actuar “en exclusivo beneficio de las entidades financieras” y solo cambiar de opinión cuando la Justicia europea le corrige. Estas cuestiones prejudiciales se suman a las seis presentadas en diciembre por el magistrado titular del Juzgado 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, así como a las continuas denuncias de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), al considerar que no hay transparencia en la acciones del TS.

Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


El Tribunal Supremo (TS) vuelve a estar en el punto de mira. Tras las acusaciones sobre la falta de trasparencia del IPRH hipotecario planteadas el pasado mes de diciembre por el magistrado titular del Juzgado 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a admitir a trámite las cuestiones prejudiciales elevadas por la titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, María del Carmen Robles.

En este sentido, la magistrada ha puesto a disposición del TJUE un total de 16 cuestiones prejudiciales de interpretación de los artículos 3, 4, 5, 6 y 7 sobre la Directiva 93/12 CEE del Consejo, de 5 de abril, sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores, suspendiendo el procedimiento que estaba juzgado hasta la resolución de dichas cuestiones elevadas al TJUE.

Las acusaciones expuestas por Robles ponen en entredicho la correcta actuación del TS, acusándole de actuar en “exclusivo beneficio de las entidades bancarias” y solo cambiar de posición cuando la Justicia europea se lo exige.

Para denunciar al TS, la magistrada ha expuesto en su auto remitido al TJUE tres argumentos. En primer lugar, la necesidad de hacer eco al gran volumen de demandas contra el TS que los juzgados están resolviendo. En segundo lugar, la necesidad “urgente” de unificar los criterios interpretativos “en pro del principio de seguridad jurídica, con el fin de evitar el pronunciamiento de sentencias contradictorias que provoquen un grave daño material irreparable a los consumidores.

En tercer y último lugar, la necesidad más grande y “preocupante”, según Robles, es la reinterpretación” que, en cinco sentencias, ha hecho en TS de la doctrina ya fijada por el TJUE al dar “una perspectiva abruptamente contraria” del sentido protector de los consumidores recogido en la normativa comunitaria.

Siguiendo esta línea, la magistrada es el segundo juez que pide que se unifiquen criterios interpretativos. El pasado mes de diciembre, Audicana formuló hasta seis cuestiones que consideraba que todavía no se habían aclarado, como el por qué la publicación en el BOE del índice “salva todas las exigencias de transparencia en cuanto al cálculo y composición del IRPH, incluida la obligación de informar al consumidor”, o si resulta contrario a derecho europeo que, una vez declarada cláusula que incorpora el IRPH Cajas en el contrato, el juez lo sustituya por IRPH Entidades, “teniendo en cuenta que ambos se determinan por idéntico y complejo método de cálculo”.

Falta de transparencia, pero no abusiva

Respecto a este planteamiento, tal como dictó el pasado mes de marzo el TJUE, para que la cláusula llegue a ser transparente no solo debe ser comprensible “formal y gramaticalmente”, sino también debe aclarar al consumidor como calcular el tipo de interés y sus consecuencias económicas.

Estas explicaciones fueron recogidas por el TS a finales de octubre, descartando que las hipotecas estudiadas por el Pleno fuesen abusivas, a pesar de que se detectase transparencia en la contratación, cuando el banco no informó de la evolución del índice en los dos años anteriores.

Ante este hecho, el TS estableció que no entender cómo se calcula un índice hipotecario no supone una falta de transparencia, al no ser fácilmente “comprensible” desde un punto de vista matemático o financiero.

No obstante, la magistrada Robles encuentra muy grave esta situación, aún más cuando el TS ha procedido a inadmitir “de forma masiva y directa” todos los recursos que tienen relación con la cláusula de IRPH.

A esta opinión también se suma la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) que, tras conocer la noticia de que el TJUE ha admitido a trámite la segunda cuestión prejudicial sobre el IRPH, ha pedido que todos los procedimientos relacionados con este índice se suspendan hasta que el TJUE los resuelva.

En concreto, dicha asociación solicitó el pasado mes de enero “suprimir de manera definitiva el índice de referencia IRPH, tanto de cajas como de entidades, dejando estos préstamos sin interés conforme admite el sistema legal español” y “eliminar los obstáculos y limitaciones existen en materia de acciones colectivas”, quejándose de que el Tribunal Supremo “ha venido menoscabando en los últimos 10 años el principio de transparencia”.

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