El rapero Pablo Hasel ha entrado en la prisión de Ponent tras su detención en la Universitat de Lleida. Sus delitos: enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona y a las instituciones del Estado encontrados, según Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, en más de 60 tuits y una canción que suponían un “riesgo en abstracto” de que sus seguidores cometieran atentados tras leerlos. Este caso ha precipitado el anuncio del Ministerio de Justicia de una reforma del Código Penal, que se venía ya trabajando desde hace más de un año, en materias de delitos de libertad de expresión que lleva siendo señalado durante años por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Unión Europea.
El rapero Pablo Hasel se encuentra ya en la prisión de Ponent tras su arresto esta mañana en la Universitat de Lleida. Su caso culminaba el pasado 29 de enero cuando la Audiencia Nacional le otorgó 10 días para ingresar en prisión voluntariamente por delitos de enaltecimiento al terrorismo, injurias a la corona y a las instituciones del Estado, en un plazo que expiró el pasado viernes. Hasel ya avisó de que “por dignidad” no se presentaría por su “propio pie en prisión” y que ya se mentalizaba del “secuestro” de las autoridades. Tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo vieron estos delitos en una serie de tuits publicados en la cuenta del rapero y una canción suponiendo un “riesgo en abstracto” de que alguno de sus seguidores cometiera un atentado tras leerlos, algo que en ningún momento ha sucedido. Su caso ha levantado polémica por el estado de la libertad de expresión en el país. El rapero ha recibo el apoyo de más de 200 artistas, por su parte, el Ministerio de Interior, lleva ya varios años trabajando en una reforma del Código Penal. Podrían sacar del mismo penas de ofensa a la Corona o a las instituciones, pero es raro que salga del Código el delito de enaltecimiento del terrorismo.
Ni las peticiones y apoyos firmadas por más de 200 artistas y por Amnistía Internacional han conseguido parar hoy su detención por parte de los Mossos d"Esquadra, rodeado de unas 70 personas que formaban un cordón humano en su apoyo. Ahora, al ser reincidente por varios delitos anteriores, incluido el de agresión, el rapero tendrá que cumplir una pena de nueve meses en una condena que no pedía ni la propia Fiscalía y que se posiciona en contra de lo marcado por Estrasburgo en materia de delitos de libertad de expresión.
Los Mossos d"Esquadra detenían al rapero esta mañana a las 07:00 horas después de que el lunes se encerrara en la Universitat de Lleida para dificultar su inminente proceso de detención declarando: “Tendrán que reventarla para detenerme”. No obstante, el rapero, rodeado de unas 70 personas que formaban un cordón humano en su apoyo, no ha opuesto resistencia y ya se encuentra en prisión para cumplir la condena de 9 meses. Su caso ha despertado una enorme polémica poniendo en duda la verdadera libertad de expresión en España sobre unos delitos que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión Europea y el Tribunal Constitucional llevan años señalando como obsoletos en el sistema español. El debate precipitó el pasado lunes el anuncio por parte del Ministerio de Justicia de la revisión y reforma de los delitos de libertad de expresión, si bien el rapero es reincidente en otra serie de delitos anteriores, incluída agresión, y sobre todo enaltecimiento del terrorismo. En Alemania y otros países este delito también está penado con cárcel.
El caso de Pablo Hasel comenzó en 2014 cuando fue condenado a dos años de cárcel por enaltecer a los grupos terroristas, responsables del asesinato de casi un millar de personas, como ETA, Terra Lliure y los Grapo por un lado. Y también al movimiento terrorista de Al Qaeda, responsable de miles de asesinatos de víctimas inocentes por todo el mundo. Tenia una condena en suspense desde 2015; posteriormente ha sido juzgado, al añadirse nuevos delitos, en 2018, continuando la suspensión de la pena y con un recurso enviado al Tribunal Supremo que ratificó su condena rebajándola a nueve meses y añadiendo los nuevos delitos de injurias a la Corona y a las instituciones del Estado. La defensa del acusado presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que fue rechazado al considerar que su caso no tenía “transcendencia constitucional” y su abogado denunciaba el doble rasero de la justicia al rechazar este recurso pero aceptar el del cantante César Strawberry, condenado también por unos tuits y delitos similares. Si bien el abogado obvió las agresiones y el enaltecimiento del terrismo y para conseguir publicidad para su defendido solo menciona ijurias a la Corona y a las institucios, delitos, dicen fuentes jurídicas por los que hoy día nadie va a la cárcel.
El Supremo consideró que sus palabras iban “más allá” de la crítica social y que suponían “una alabanza de los medios violentos y una incitación a su reiteración que genera un elevado riesgo real de que alguno de los múltiples seguidores en las redes sociales del acusado los intente repetir”. Este riesgo que calificaban como “abstracto” fue medido a través de la lectura de los tuits sin que se hubiera producido ningún altercado violento por ellos. Entendían que sus palabras no podían acogerse a la libertad de expresión ya que sus mensajes emitidos a través de las redes sociales tenían “un indudable carácter laudatorio de organizaciones terroristas”.
El rapero ha sido detenido entre protestas de “Pablo Hasel, libertad” y ha lanzado varias declaraciones en el proceso: “No nos pararán, no nos callarán, muerte al estado fascista”. Las 70 personas que le acompañaban han sido todas identificadas y podrían recibir alguna sanción. En países como Alemania el enaltecimiento del terrorismo o del nazismo está muy penado. Hasel puede elevar ahora su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Sus acompañantes entonaban “amnistía total, ganaremos, no nos pararán nunca, lucharemos hasta la victoria siempre”. Ahora se encuentra a la espera de ser evaluados por los técnicos de prisión que propondrán su clasificación penitenciaria y, al no ser considerado un preso peligroso, inicialmente será clasificado en segundo grado. El rapero podría acceder directamente a la semilibertad, en la que solo tendría que acudir a dormir a prisión de lunes a jueves.
El TEDH ha hecho ya varios correctivos en los últimos años a sentencias españolas, pero siempre de características, estas sí, mucho menos graves que las de Hesel. Una de las las condenas, no comparables, y revisables serían la condena a un sindicalista tras pedir “prenderle fuego a la puta bandera”. Desde Estrasburgo marcan que delitos de libertad de expresión solo existirán si provocan una situación de riesgo para otras personas o para el sistema de libertades y en ningún caso deben suponer pena de prisión. Otros organismos se han sumado al apoyo del rapero, el último Amnistía Internacional donde su director, Esteban Beltrán, declara que “nadie debería ser procesado penalmente sólo por expresarse en redes sociales o por cantar algo que pueda ser desagradable o escandaloso”. “Si no se modifican estos artículos se seguirá silenciando la libertad de expresión y coartando las manifestaciones artísticas”, zanja.
“Amnistía Internacional considera que el encarcelamiento de Hasél por sus expresiones artísticas es injusto y ha lanzado una nueva campaña para exigir, una vez más, la reforma del Código Penal”, explican en su página web. Esta se une a otras iniciativas como el documento firmado por más de 200 artistas españoles, entre ellos Pedro Almodóvar o Javier Bardem, pidiendo la libertad del condenado y comparando al Estado español con “países como Turquía o Marruecos, que también cuentan con varios artistas encarcelados por denunciar los abusos que se cometen desde el Estado”.