El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado la solicitud de Vox de suspender las últimas medidas tomadas en Madrid para frenar la expansión de la COVID-19. Una solicitud que se avala en la falta de “evidencias científicas” y en la carencia del consentimiento judicial. Se prevé que mañana el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid recoja el consentimiento judicial para su aplicación.
El pasado viernes, el Gobierno dio a conocer las últimas restricciones que debía de afrontar Madrid para atajar la expansión del coronavirus en la comunidad. La ampliación del control de 45 zonas sanitarias, la limitación a la movilidad y la implantación de nuevos aforos y horarios para todos los madrileños fue el detonante que provocó la presentación de un recurso por parte del grupo político Vox para suspender dichas restricciones. Una solicitud que ha sido denegada por la Justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) junto con la Audiencia Nacional han informado esta mañana de tal denegación, pues a pesar de que el grupo recurrente aferrase su oposición conforme al artículo 136.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA), la Sala de esta materia asegura que “no se da la situación constitutiva de vía de hecho”. Por otro lado, esta no es la única petición que la Justicia ha denegado a la fuerza política, la Audiencia Nacional también ha declinado la solicitud de medidas cautelarísimas al no asentar requisitos de “especial urgencia”.
Unos recursos que se avalan en la carencia de una evidencia científica y política, tal y como asegura la portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio: “Ni el acuerdo del Consejo Interritorial del Sistema Nacional de Salud ni (…) ningún estudio científico preciso que justifique la adopción de las medidas”. Y es que Vox (sin ningún tipo de evidencia constatada) ha manifestado que la implantación de dichas restricciones podría estar basada más en “aparencias políticas que científicas”, como reflejo del ambiente de crispación que rodea actualmente a los representantes de la materia.
A pesar de que Vox indique la no validez de las medidas, pues no cuenta -todavía- con una ratificación judicial, el TSJM ha querido contradecir tal argumento, advirtiendo la viabilidad de estas: “la circunstancia de que no se hubiera solicitado dicha ratificación, en el momento en que los recurrentes interpusieron el presente recurso, no puede implicar en modo alguno la existencia de una vía de hecho”. Es por ello por lo que se aguarda, para mañana, una actualización del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), el cual incluya el consentimiento judicial. Hasta entonces, todos los controles policiales seguirán siendo meramente informativos.