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El debate entre partidos en España podemos fotografiarlo con esta cita de Pascal:"La violencia y la verdad nunca tienen nada en común; aquellos que argumentan con violencia no tienen otra cosa que decir." O quizás está de Thomas Paine "El que grita más fuerte es casi siempre el que menos razón tiene." Elijan y adjudiquen. Es lo que les dejan. 

"Caso Mercasevilla": El CGPJ se pone del lado de Torrijos y Castaño

"Caso Mercasevilla": El CGPJ se pone del lado de Torrijos y Castaño

El que fuera portavoz municipal de Izquierda Unida (IU), Antonio Rodrigo Torrijos, y el asesor del grupo municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Sevilla, Domingo Enrique Castaño, fueron acusados de un supuesto amaño en la adjudicación de los suelos de Mercasevilla. Finalmente, fueron absueltos, aunque ahora el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha puesto de su lado y el Estado deberá indemnizarles.


El "caso Mercasevilla" tuvo una sentencia clara y nada concisa. Casi 400 páginas que dejaban clara la ausencia de pruebas, e incluso de indicios, por las que se pudiera acusar tanto a Torrijos como a Castaño.

Ambos pidieron una indemnización por daños y perjuicios de 73.500 euros para cada uno, y ahora el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) les ha dado la razón.

"Un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia"

"La Razón" ha sacado a la luz el documento en el que se constata la versión de lo sucedido por parte de Torrijos y Castaño "en la tramitación del procedimiento judicial" que arrancó en octubre de 2003, en el que se reconoce que hubo "importantes dilaciones, especialmente, en la fase de instrucción".

La jueza Mercedes Alaya era la cabeza del juzgado por aquel entonces, y es que el auto de incoación de la causa está fechado el 27 de abril de 2009, "mientras que la última diligencia de remisión de las actuaciones al juzgado de lo Penal número 13 de Sevilla se encuentra fechada el 6 de mayo de 2016".

"Ocho años, un mes y 24 días" después de la apertura del proceso se conocía la sentencia, pero en este tiempo se produjeron otras "irregularidades procesales" que el propio CGPJ determina que "no queda acreditada la complejidad del procedimiento penal que justifique" el "período temporal que provocó dilaciones indebidas y llevó a que la tramitación" del mismo "llegara alcanzar un exceso indebido de tiempo".

Todo esto "anima el fundamento de la pretensión deducida por los reclamantes, debiendo entenderse como excesivo y del que es dable apreciar un anormal funcionamiento de la Administración de Justicia", sentencia.

Pese a que el CGPJ ha dado el espaldarazo definitivo tanto a Torrijos como a Castaño, ellos aducen un "importante daño moral", no solo por la dilación en el tiempo de la causa, sino por la "repercusión mediática" de la misma y a las "numerosas filtraciones más o menos interesadas" que les llevaron a ser juzgados antes de tiempo por la opinión pública, pese a que fueron absueltos de todos los delitos, algo por lo que ahora deberán de ser compensados.

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