Por eso, si analizamos la frase vemos que se señala como sujeto la palabra “nadie”, pronombre que indica claramente que ninguna persona puede quedarse atrás. Y quedarse atrás es permanecer apartado de un camino, que te quedes claramente en la estacada y eso es lo que justo no quiere según esta frase, el actual Ejecutivo.
Pues bien, quiero traer aquí otro lema que los socialistas llevamos en una de las campañas electorales aunque fuera ya hace unos cuantos años: “Hechos y no palabras”. O sea, justo lo que los españoles queremos y pedimos.
Quiero también acordarme de unas palabras que en su momento pronunció el entonces Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha, José Bono precisamente en Polán (Toledo), mi pueblo. Fue en un acto en el Teatro Municipal un primero de mayo para la presentación de la candidatura del PSOE de mi pueblo. Ahí dio un consejo maravilloso al que era nuestro candidato y que, a la postre llegaría a ser el primer alcalde socialista de la democracia y de momento, el único. Recuerdo que sus palabras fueron: “Cuando un político gana unas elecciones y toma posesión de un cargo, tiene que tener claro que pasas de ser el candidato del PSOE para ser el alcalde de todos los vecinos, te hayan votado o no”.
Y acogiéndome a ese magnífico mensaje de Pepe, quiero recordar al Gobierno de PSOE y Unidas PODEMOS (el gobierno socialcomunista como dice la Derecha radical de nuestro país como si eso fuera un agravio o una ofensa para las personas de Izquierdas de España pero que no lo es para desgracia de ellos), que gobiernan para todos los españoles y en ese “todos los españoles” también nos encontramos los interinos.
Interino, funcionario de una administración pública que ocupa un puesto de manera temporal pero que según lo establecido por la normativa europea más concretamente la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada y atendiendo a la sentencia del 19 de marzo de 2020 se establece la existencia de un fraude de Ley generalizado en la contratación de personal interino y temporal en la Administración española, pero deja en manos de la Justicia nacional la determinación de qué casos son constitutivos de fraude, y qué medidas correctoras deben adoptarse en cada caso.
La sentencia del TJUE reconoce que no existen en la normativa española medidas efectivas para combatir eficazmente el abuso en la contratación temporal de empleados públicos, por lo que insta a los tribunales españoles, tomando en consideración su derecho interno, a hacer todo lo que sea de su competencia para garantizar la plena efectividad de la Directiva europea (toma literal de la página web de SGTEX Sindicato de empleados públicos).
Partiendo de esa base, hay medidas que pueden tomarse por parte de los afectados que es la demanda judicial en los tribunales de Justicia de España para reconocer que existe el abuso en la temporalidad de ese empleado público y a su vez, pueden tomarse las medidas oportunas que van desde una indemnización económica hasta obtener por sentencia la fijeza en el puesto de trabajo.
Pero también existe la vía del concurso de méritos, algo que se ha pedido mediante la presentación de una Iniciativa Legislativa Popular en Andalucía y que se ha admitido a trámite su toma en consideración en el Parlamento Andaluz gracias a los votos a favor de los grupos del PSOE y Adelante Andalucía junto con las abstenciones de PP, Ciudadanos y VOX. Esta toma en consideración de esta ILP, supone un importante paso para transitar por un camino en el que los interinos de la Junta de Andalucía puedan obtener la fijeza mediante la vía del concurso de méritos para todos aquellos que bien tengan tres años de servicio o más (que es donde se marca el presunto fraude de ley) dándose el caso además de que las personas afectadas puedan tener varios años ocupando plazas vacantes en la Administración Andaluza. Y se hace siguiendo el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público (E.B.E.P.) que indica que “sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos” y a tenor de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y hasta en el contexto de crisis económica que se nos avecina debido al COVID-19, la situación de excepcionalidad para este caso, está totalmente justificada. Y para ello es indispensable una única cosa: VOLUNTAD POLÍTICA para llevarlo a cabo.
Y quiero destacar aquí que existen personas con treinta, veinte, quince o diez años de interinos y así hasta los tres (en mi caso, diez años cumplidos precisamente este mes de mayo). Puedo decir también que hay casos de maestros (es lo que yo conozco puesto que es mi campo laboral) donde llevan más de cinco vacantes seguidas (algunos más de diez, doce o quince consecutivas).
También existen casos donde hay profesionales interinos que llevan veinte años ininterrumpidos en la administración, por el lamentable hecho de que ni siquiera han sido convocadas plazas de su oposición en todo ese tiempo. Entonces, si no tienen oposición ¿cómo van a sacar su plaza? De esa manera, es imposible. Y eso por no hablar del enorme desconocimiento existente entre la sociedad en general que nunca se ha examinado en unas Oposiciones que ven como increíble que esto ocurra en España y algunos, que por desgracia, nos tildan de “vagos” para arriba cuando en ocasiones, ni siquiera saben lo que es enfrentarse a una prueba de Oposición en su vida sin contar que en mi caso, soy interino porque no sólo me presenté a esas pruebas sino que además, sin yo saberlo dado que era la primera vez que opositaba, las bolsas de interinos de Maestro en mi caso se conforman en Andalucía con aquellos que hemos obtenido un 5 o más como nota en la fase de Oposición (en otras comunidades, esto no ocurre puesto que si fuera así, las bolsas de Maestro serían insuficientes para cubrir vacantes y bajas que se dan durante el curso escolar).
Y además, ¿cómo es posible que alguien ose decir que un interino de treinta años de servicio en la administración pública no es válido porque no tiene la plaza? Pues es posible gracias a la desinformación y el desconocimiento. También, porque existen medios de comunicación que utilizan titulares como “los interinos quieren ser fijos sin pasar por Oposición”. Oigan, pues eso no es verdad. Y no lo es porque no se obtiene esa condición si no pasa por una Oposición. Así de fácil.
Hay excepciones donde puedes llegar a ser interino sin haber opositado porque se den circunstancias en las que la administración abra un plazo de presentación de méritos para formar parte de una bolsa de trabajo extraordinaria en previsión de que la principal se agote y tengan que llamar a trabajar a más personas, pero son casos muy puntuales.
Por todo ello, seamos conscientes todos los españoles de la gravísima situación que puede llegar a darse si hay demandas de unas ochocientas mil personas y sentencian a favor de los afectados teniendo que pagar por orden de un juez indemnizaciones de cuantías bastante importantes que pondrían en riesgo la economía de nuestro país cuando si un interino es declarado fijo sin pasar por dicho juicio, sería a coste cero pues no habría que pagar indemnización alguna dejando en el puesto que ya ocupa esa persona sin más cobrando el sueldo que le pertenezca, o sea, lo que ya sucede actualmente.
Por eso, pido a todos los gobiernos (central, autonómicos, provinciales y municipales) que aborden este problema pensando no sólo en los interinos sino en la quiebra económica espeluznante que supondría tener que indemnizar a ochocientos mil españoles por incumplir una norma europea de ¡hace veintiún años! mientras que llevar a cabo la medida de la fijeza sería a coste cero para las arcas del Estado.
Autoridades competentes, es su momento. Por el bien de los interinos y de los españoles en general, estabilicen a esas personas en dichos puestos…¡FIJEZA YA!
No hagan como el ministro Montoro y no nos dejen atrás.