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"El mundo no será destruido por los que hacen el mal, sino por aquellos que los miran sin hacer nada."Albert Einstein

El Gobierno flexibiliza las restricciones en municipios de menos de 10.000 habitantes

El Gobierno flexibiliza las restricciones en municipios de menos de 10.000 habitantes

El Boletín Oficial del Estado publicado este jueves, permite la flexibilización de las medidas vinculadas al Estado de Alarma para aquellos municipios que no superen los 10.000 habitantes. Aquellos lugares que cumplan este requisito y se encuentren entre la Fase 0 y la 1 podrán acceder a normas supuestamente vinculadas a la Fase 2. Además, suprime la norma de las franjas horarias diferenciadas para la población.


España sigue con su proceso de desescalada del confinamiento camino hacia la nueva normalidad. La mayoría de los territorios conocen hoy que pasarán el próximo lunes a la Fase 1 o 2 de la desescalda -dependiento de su situación previa- el próximo lunes. Además, el BOE publica hoy una disposición general según la cual se flexibilizan las medidas de restricción de movilidad para todos aquellos municipios que tengan una población inferior a los 10.000 habitantes y una densidad de población inferior a los 100 habitantes por kilómetro cuadrado.

Los municipios que cumplan estos requisitos, que son básicamente los pertenecientes a la España rural, podrán asumir medidas propias de la Fase 2, aunque el territorio en el que se ubiquen se encuentre, a día de hoy, en Fase 0 o 1. Además, se aligeran las restricciones en otros ámbitos. En primer lugar, se suprimen las franjas horarias según las cuales cada sector de la población -niños, adultos y ancianos- debía salir a una hora determinada. También se suprime la restricción de un adulto como máximo para acompañar a los niños, y podrán salir juntos todos los adultos que convivan en un mismo domicilio.

La orden también permite a los ayuntamientos o gobiernos de los entes locales autorizar los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, siempre que se puedan respetar las medidas de higiéne imprescindibles. Los establecimientos dedicados la hostelería y la restauración también podrán reabrir al público para el consumo en el local -hasta ahora estaban limitados a servicio a domicilio-. Los que abran tendrán limitado el aforo al 40% en el interior y al 50% en el exterior. Las discotecas y bares de ocio nocturno seguirán cerrados.

Cambian además las restricciones para otros tipos de espacio. Por ejemplo, la norma permique que en los velatorios haya hasta un total de 25 personas en espacios abiertos, o un total de 15 en espacios cerrados, independientemente de si estos comparten o no domicilio. En cuanto a las actividades deportivas al aire libre, pasarán a estar disponibles para todos los ciudadanos, siempre con cita previa y respetando el 30% del aforo máximo permitido. Las bibliotecas, por su parte, estarán abiertas para las actividades de consulta, y siempre que alguien abandone su puesto, este deberá ser correctamente desinfectado.

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