Juan Carlos Campo, ministro de Justicia, ha declarado en rueda de prensa que se debe actuar con criterios de proporcionalidad ante la negativa a confinarse de las personas con Covid 19 y asintomáticas.
Así ha contestado el ministro en una rueda de prensa telemática a las preguntas de periodistas sobre la posible aplicación de herramientas legales en caso de confinamiento a personas con coronavirus, pero sin síntomas. El ministro invita a los ciudadanos a pensar sobre que opinarían en caso de saber que alguien con coronavirus no se aísla voluntariamente. “A partir de ahí hay que abrir supuestos, como pasa siempre en el mundo del derecho” explica.
El ministro ha hablado detres supuestos diferentes: en primer lugar, alguien positivo en Covid 19 que vive con sus progenitores octogenariosy no quiere contagiarles y solicita que le lleven a otro lugar donde pasar el confinamiento. Otro de los supuestos seria el de alguien que vive solo y no quiere aislarse en completa soledad y un tercer supuesto de alguien reticente a someterse a aislamiento tras ser positivo en coronavirus.
Acerca de ese último supuesto, el ministro de Justicia explica que el Código Penal cataloga como delito quien voluntariamente contagia a otras personas: “si no se quiere confinar el debate esta abierto, tendremos que establecer como actuar justificándolo y con criterios de proporcionalidad, se pedirán informes pertinentes y se actuará”, asegura Campo tras explicar que la normativa no puede reunir todos los supuestos casos y que se estudiará cada uno.
Acerca de lavulneración a los derechos fundamentales usando aplicaciones por parte del gobierno que controlen los itinerarios de un ciudadano para vigilar si cumple las medidas de confinamiento, el ministro de Justicia asegura que ya se están usando en países como Republica Checa o China.
Defendiendo que lo razonable es usar mecanismos para evitar el contagio a la ciudadanía, Campo explica que “todo se está estudiando en función de lo que marcan las autoridades sanitarias”. Además, el ministro insiste en que el uso de estos instrumentos estaría avalado por la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
“Ya lo vemos drásticamente en los casos en los que los jueces dictan prisiones provisionales para retirar a estas personas del circuito, todo se está estudiando y todo se tiene que hacer de una manera respetuosa con el ordenamiento jurídico, que no se devalúa en el estado de alarma” asegura Juan Carlos Campo.