Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán hacer uso de la ley de Seguridad Ciudadana de 2015 incluso, y por supuesto a todo el articulado del Código Penal para sancionar a quien no cumpla con las restricciones fijadas por el Gobierno para frenar la pandemia de coronavirus. Las sanciones administrativas oscilarán entre 601 y 30.000 euros o prisión, pero sólo en casos extremos de desobediencia ciudadana.
Fuentes del Ministerio del Interior precisan que los controles policiales buscan informar a los ciudadanos de las restricciones en sus movimientos: se puede salir de casa para ir a trabajar, a un centro médico, a comprar productos de primera necesidad, para cuidar de una persona dependiente, para ir al banco o para necesidades domésticas como tirar la basura o pasear al perro.
Desde el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska aseguran que la policía actuará con proporcionalidad y añaden que en ningún caso se articula un régimen sancionar "ad hoc" más allá de la legislación vigente.
Por su parte, el ministro dictó el pasado domingo, después de la reunión del Consejo de Ministros, la orden por la que asume el control en última instancia de las policías autonómicas y locales, además de Policía y Guardia Civil. Además, ha creado un Centro de Coordinación Operativa para hacer lo propio con la seguridad privada.
Los policías podrán recurrir al artículo 36.6 de la "Ley Mordaza", una norma que el propio ministro Grande-Marlaska ha prometido que derogará, dentro del acuerdo de gobierno de coalición entre PSOE y Unidas Podemos. El sexto punto de dicho artículo afirma que "la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación" podrán castigarse con multas que oscilan de los 601 a los 30.000 euros.
El Codigo Penal también fija en su artículo 566 penas de prisión de tres meses a un año o de seis a 18 meses de multa a los que "se resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
Además, dicho artículo del Código Penal remite al 550, que regula el delito de atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia, incluyendo "actos de atentado los cometidos contra funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo". Este tipo de acciones están castigadas con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.
De acuerdo con esto, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad establecerán controles de seguridad, fijos y móviles, tanto en las vías y espacios públicos como en la red de transporte para asegurar la observancia de las medidas limitativas de la libertad ambulatoria.
Interior ha avisado sobre la difusión de un documento falso con sanciones e insiste en que el Real Decreto del estado de alarma "no crea un régimen sancionador "ad hoc" y demandan a la ciudadanía que cumplan con su deber cívico de confinarse en sus domicilios.
El Centro de Coordinación Operativa lo presidirá el ministro del Interior y de forma delegada el secretario de Estado de Seguridad. Al órgano se convocará de forma telemática y si es necesario a representantes de Mossos d"Esquadra, la Ertzaintza o la Policía Foral de Navarra, según precisan las fuentes de Interior.
Además, cada uno de los cuerpos policiales tiene que dictar ahora su propia orden de servicio para cumplir con las directrices de Grande-Marlaska y del estado de alarma.