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Qué se puede hacer y qué no en el periodo que dure el Estado de Alarma

Qué se puede hacer y qué no en el periodo que dure el Estado de Alarma

Poco a poco los ciudadanos españoles van entendiendo, de forma grave y responsable, que estamos ante una pandemia mundial y que la única manera de frenarla es seguir a rajatabla las exigencias que desde los ministerios españoles de Sanidad, Interior, Defensa y Transportes, recomiendan. En este sentido, el equipo de Gobierno establece y difunde con profusión, una lista con las cosas qué se puede hacer y las qué no. Cada duda, el ministerio de Sanidad requiere que se consulten siempre fuentes autorizadas. También ha pedido encarecidamente que se corten de raíz, bulos e indicaciones que no provengan de las fuentes oficiales.


Muchos ciudadanos se sorprende ante la declaración del Estado de Alarma, pero no es la primera vez que ocurre. Es la segunda vez en la historia de la democracia que se ha declarado el Estado de Alarma en España. Pero por causas sanitarias, en concreto para hacer frente a una pandemia mundial, es la primera. El anterior Estado de Alarma, fue declarado por el presidente Jose Luis Rodríguez Zapatero, en 2010 con el objetivo de poner fin a la Crisis de los controladores aéreos, que duró desde el 4 de diciembre hasta el 16 de enero, y que tenía paralizadas las comunicaciones aéreas del pais, esta crisis afectó a más de 600.000 personas, pero sobretodo castigó mucho a las empresas que se dedicaban al turismo. En esta ocasión, la causa es mucho más grave, la pandemia del coronavirus que afecta a la salud nacional y de la población mundial al haberse expandido ya en 240 paises y afectar a casi ciento cincuenta mil personas. Pero, aunque no sea el primer Estado de Alarma, las dudas que tienen los ciudadanos son muy numerosas. Por este motivo el Estado ha realizado una lista para dejar claro las normas y salir de duda:

Qué SÍ se puede hacer

  • Sacar a pasear al perro, pero solo lo podrá hacer una persona.
  • Desplazarme a otra comunidad autónoma por motivos laborales.
  • Regresar a mi vivienda habitual.
  • Sacar la basura al contenedor.
  • Sacar dinero o ir al banco.
  • Usar la Renfe.
  • Celebrar bodas o funerales, pero con un aforo limitado.
  • Asistir al médico.
  • Coger un taxi o un VTC, aunque si estás contagiado, debes indicarlo.
  • Acudir a ayudar a personas dependientes o vulnerables.
  • Tomar paracetamol sin receta médica, en el caso de que tengan síntomas.

Qué NO se puede hacer

  • Bajar con un menor a la calle.
  • Salir a correr o a pasear.
  • Llevar a alguien en coche al trabajo.
  • Visitar a familia o amigos que no sean dependientes.
  • Negarse a ir a la oficina, aunque se recomienda el teletrabajo, siempre que sea posible.
  • Salir a comprar ropa.
  • Salir a comer fuera, pero sí se puede pedir comida a domicilio.
  • Acudir a una cita del DNI.
  • Acudir a un juicio, debido a que todas estas actividades administrativas y judiciales se han suspendido.
  • Tomar ibuprofeno si tenemos síntomas, porque según afirma el ministro de Salud de Francia, este medicamento no es efectivo para el virus, aunque no está científicamente demostrado.

Al margen de todo esto, los ciudadanos de uno en uno, sí pueden ir a trabajar, comprar recursos básicos o ir al médico. En el caso de incumplimiento de las normas, el Estado podrá poner multas de entre 100 a 600.000 euros y en casos de desobediencia grave, podrá estar penado entre tres y un año de cárcel.

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