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El coronavirus podría obligar a posponer las elecciones gallegas y vascas

El coronavirus podría obligar a posponer las elecciones gallegas y vascas

Los juristas consideran que la medida de cambiar la fecha de los comicios autonómicos es muy complicada ya que no hay legislación que prevea esa circunstancia. Lo que está descartado es que el Gobierno o los propios ejecutivos autonómicos puedan suspender la cita con las urnas. Una posible solución sería activar el estado de alerta lo que capacitaria al Ejecutivo a sacar un decreto de aplazamiento. Entre los políticos se plantean dudas sobre si la Junta Electoral tiene capacidad de atrasar las elecciones. Feijóo se plantea pedir un aplazamiento para salvaguardar la salud pública y Urkullu estudia las vías legales.


El coronavirus cada vez impide más el transcurso de la vida pública, por lo que está afectando a las elecciones gallegas y vascas previstas para el 5 de abril. Los partidos políticos han cancelado la mayoría de los mítines, e incluso el presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, o el líder del PP, Pablo Casado, han planteado un aplazamiento de los comicios. Pero los juristas avisan de las dudas legales que generaría este retraso de las elecciones.

El miércoles 11 de marzo, Feijóo planteó la posibilidad de pedir al Gobierno central y a la Junta Electoral Central un aplazamiento de los comicios entendiendo que "puede estar en riesgo la salud pública y el derecho a sufragio de los gallegos". El lehendakari Iñigo Urkullu exigió a los partidos que no anden con especulaciones, pero explicó que el Gobierno vasco está analizando de manera jurídica el posible retraso.

Urkullu indicó que la Junta Electoral Central (JEC) era la responsable de adoptar una decisión "con criterios técnicos y profesionales". Y lo mismo hizo Pablo Casado, que señaló que la decisión de retrasar o no las elecciones gallegas y vascas "depende de la JEC, de la Administración General del Estado y de cómo evolucione el coronavirus".

El problema viene dado porque la ley no dicta lo que hay que hacer en casos como este, y no refleja quién estaría capacitado para tomar la decisión de retrasar las elecciones, pero tampoco ni siquiera la ley permite parar un proceso electoral que ya se puso en marcha hace días con la disolución de los Parlamentos vasco y gallego. Desde luego, la Ley de Régimen Electoral General(Loreg) no recoge esta posibilidad, y ni siquiera los expertos juristas se ponen de acuerdo, aunque solo coinciden en la dificultad que causaría un retraso de los comicios.

El diario 20 minutos, ha preguntado a varios expertos como Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y ex letrado del Tribunal Constitucional, que indica que "suspender unas elecciones es jurídicamente muy polémico porque puede suponer un riesgo a la democracia. El Gobierno central, desde luego, no puede hacerlo", que también refleja sus "dudas" sobre que la JEC esté capacitada para ello.

No obstante, Urías explica que "en circunstancias excepcionales de emergencia sería posible, pero por poco tiempo y con una excepcionalidad muy bien contrastada", pero insiste en que "tiene que ser una suspensión temporal y motivada por razones de fuerza mayor independientes de la voluntad de los gobiernos o instituciones públicas".

En cambio, los otros dos expertos consultados también por 20 minutos no lo tienen tan claro. El catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Barcelona, Xavier Arbós, sostiene que "el Gobierno no tiene atribuciones, pero la JEC tampoco". Además, considera que la Junta Electoral "puede dictar normas para reducir los riesgos, como ordenar el reparto de mascarillas para los miembros de las mesas electorales, pero no parar las elecciones".

Miguel Presno, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo, que considera, señala que es complicado que el Gobierno pueda parar el proceso electoral por decreto y sostiene que "la JEC no puede hacer nada en el aplazamiento o la suspensión de las elecciones". Por otro lado, Presno insiste en que "Lo único que puede plantear la JEC es la suspensión de mesas concretas de votación por problemas de orden público o por cosas como que falten papeletas, pero no detener el proceso".

Los expertos insisten en que la legislación actual no es clara, y por eso Arbós y Presno coinciden en que la fórmula más viable pasaría por llevar a cabo una reforma exprés de la Loreg para legalizar la suspensión de las elecciones cuando se produzcan razones de fuerza mayor.

Presno señala que el cambio en la Loreg podría tapar el "vacío" legal que la crisis del coronavirus ha causado, además sostiene que "habría que determinar qué institución puede decidir el aplazamiento, y además restringirlo a casos muy tasados".

El estado de alarma que está reflejado en la Constitución, no establece medidas que dejen las cosas claras. El estado de alarma está previsto para cuando todo o parte del territorio nacional se vea afectado por "catástrofes, calamidades o desgracias públicas, así como crisis sanitarias, tales como epidemias, y pone a todas las autoridades civiles" y los cuerpos de seguridad del Estado atenderán las órdenes directas del Gobierno, debido a que les puede imponer "servicios extraordinarios".

El jurista Presno recuerda que la ley no plantea que puedan retrasarse comicios ya convocados en estado de alarma, que además sostiene que es muy difícil plantear esta posibilidad incluso con una interpretación amplia de la ley. Por último, Arbós considera que "Tengo mis dudas. Con el estado de alarma podría obligarse al confinamiento a la población y entonces las elecciones no se podrían celebrar, pero sería un uso perverso del instrumento".

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