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Fuenlabrada permitirá la construcción de trasteros en las zonas comunes de los edificios

Fuenlabrada permitirá la construcción de trasteros en las zonas comunes de los edificios

El consistorio madrileño ha aprobado en el Pleno la modificación de la ley para que las comunidades de vecinos que quieran puedan construir trasteros en los soportales de sus edificios. Se da así respuesta a las peticiones vecinales y se abre la posibilidad de que se aprovechen espacios que muchas veces están infrautilizados.


El Ayuntamiento de la localidad madrileña de Fuenlabrada, gobernado por el PSOE, ha aprobado en pleno una modificación de la ordenanza municipal que permita la creación de nuevos trasteros en los soportales de los edificios. Se flexibiliza así la ley para que los vecinos de los bloques de viviendas más antiguos, que no cuentan con estos trasteros, puedan utilizar las zonas comunes que en muchas ocasiones están infrautilizadas, para un mejor aprovechamiento de los espacios. Hasta ahora, solo se permitía la construcción de cuartos trasteros en zonas subterráneas. Sin embargo, los requisitos que se exigen han sido ahora adaptado. Eso sí, los vecinos deben aprobar por unanimidad la propuesta de construcción de los trasteros.

La concejala de Desarrollo Urbano, Ana María Pérez, ha señalado que “de esta manera damos respuesta a una demanda vecinal planteada por los vecinos y vecinas de los barrios más consolidados de la ciudad como es el caso de El Molino”.

La edil municipal añade que los soportales están actualmente abandonados porque “ya no hay niños que jueguen en ellos y lo que demandan las familias ahora es un mayor espacio para almacenamiento”.

Por otro lado, las comunidades que acepten las obras, podrán disfrutar de mejoras en la eficiencia energética del edificio, limpieza, seguridad o rehabilitación.

Por último, los edificios tienen que tener una serie de requisitos administrativos y técnicos para poder llevar a cabo el cerramiento de las zonas porticadas. Además, la propuesta tiene que ser aprobada por unanimidad entre los propietarios. Los edificios tienen que ser residenciales y no comerciales, aparte de que no exceda de un número determinado de metros cuadrados.

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