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El Supremo avala la legalidad del Pleno que rectificó el giro jurisprudencial sobre el impuesto de hipotecas

El Supremo avala la legalidad del Pleno que rectificó el giro jurisprudencial sobre el impuesto de hipotecas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se ha reunido este lunes y ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Rivas Viciamadrid (Madrid), que apuntaba como posible ilegalidad que no se hubiese informado a todas las partes de la convocatoria del pleno que dictaminó que tenían que ser los clientes los que asumieran el pago de este impuesto.


La reunión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que ha tenido lugar, ha servido para acabar pidiendo que se invalide el Pleno de esta sala que falló el pasado mes de noviembre que fueran los clientes los que asumieran el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados, o dicho de otra manera, el impuesto sobre hipotecas.

Pero tras estudiar los razonamientos, los magistrados han decidido desestimarlos y, de momento, sólo ha adelantado el fallo. Expondrán sus argumentos jurídicos en un auto que se publicará próximamente.

La petición por parte de la vivienda de Rivas ya fue aceptada a trámite el pasado 10 de enero y esto lleva a la obligación de realizar una nueva reunión con todos los magistrados de la Sala en Pleno con el fin de revisarlo todo, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.

La petición de nulidad por la empresa municipal es obligatoria si finalmente se llevara lo ocurrido ante el Tribunal Constitucional por considerar que se violaron las garantías procesales. Y es que el recurso apunta como una posible ilegalidad que no se informara a las partes de la convocatoria del Pleno que fijó finalmente la posición final sobre el asunto.

Se trató de un pleno muy polémico. La decisión final se obtuvo pasadas 16 horas en las que se estuvo deliberando aunque finalmente el resultado estuvo totalmente fragmentado, 15 votos frente 13. Por lo tanto, el criterio de este Pleno quedó esa misma semana sin efecto, concretamente cuando el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto en sentido contrario.

En el mes de noviembre el Supremo dictaminó que serían los bancos los que tendrían que asumir el pago de este impuesto. El fallo, hizo que Luis María Díez-Picazo fuera duramente criticado y acabara convocando un pleno en el que se revisaría la doctrina ya que suponía un giro radical en la jurisprudencia. Lo que llevaba a provocar una “enorme repercusión económica y social”.

Y es que el revuelo que causó la decisión de Díez-Picazo llegó a provocar un alboroto tanto mediático como social y obligó al presidente del Supremo, Carlos Lesmes, a comparecer ante los medios de comunicación para disculparse por la manera de gestionar todo este asunto, sobre todo por la importancia del tema y las repercusiones sociales y económicas de la decisión. Además de todo esto, negó que hubiera recibido llamadas de entidades bancarias para forzar dicha revisión.

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