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Hacienda inicia la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad desde 2014

Hacienda inicia la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad desde 2014

El Ministerio de Hacienda, a través de la Agencia Tributaria (AEAT), habilitará esta semana el procedimiento para solicitar la devolución del IRPF de los permisos de maternidad y paternidad.


El pasado 3 de octubre la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo determinó que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF. Y en cumplimiento de esta sentencia, el Ministerio de Hacienda ha diseñado un proceso fiscal ágil y sencillo para los contribuyentes.

El procedimiento que se pone en marcha va a beneficiar a más de un millón de madres y padres y se estima que tendrá un coste de alrededor de 1.200 millones de euros.

Si bien la sentencia del Tribunal Supremo se refiere a las prestaciones de maternidad, la Dirección General de Tributos interpreta que la sentencia se extiende también a las prestaciones de paternidad. Y es que la devolución media en el caso de las prestaciones por maternidad asciende a 1.600 euros, mientras que las de paternidad ronda los 383 euros.

Tendrán derecho a devolución los padres y madres que hubieran tributado en el IRPF por las prestaciones recibidas a partir de 2014, último ejercicio no prescrito. El proceso consiste en solicitar una rectificación de las declaraciones en las que se incluyeron esas ayudas.

Los contribuyentes que cobraron la prestación en 2014 y 2015 podrán solicitar la rectificación de sus declaraciones y, por lo tanto, la devolución del IRPF a partir de hoy por la tarde. Hacienda empezará a reintegrar el dinero esta misma semana. Para los ejercicios 2016 y 2017, el plazo se inicia en enero. Hacienda prevé que en el mes de abril se habrán devuelto la totalidad de las devoluciones solicitadas.

Los contribuyentes que hubieran sufrido retenciones por las prestaciones de maternidad y paternidad de 2018 no deben realizar ningún trámite particular. Su declaración de la Renta de 2018, que se presenta en 2019, ya incorporará las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.

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